Orden EHA/3257/2011, de 21 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2012 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.
En relación con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se
establece que:
- Se mantienen los mismos precios para el IRPF que la Orden de módulos para 2011.
- Se mantiene la reducción del rendimiento neto del 5% para las actividades agrícolas y ganaderas, para 2012, y además esta reducción del 5% se la pueden seguir aplicando los contribuyentes en estimación objetiva y con actividades forestales.
- Para las actividades de módulos esta reducción se tendrá en cuenta para cuantificar el rendimiento neto a efectos de los pagos fraccionados de 2012.
- Los índices de rendimiento neto aplicables a determinadas actividades agrícolas (tabaco, uva de mesa y flores y plantas ornamentales) se mantienen en los mismos valores de 2011.
En relación con el Impuesto sobre el Valor Añadido, se establece que:
- Se mantienen los precios de los módulos existentes en 2011.
- En la disposición adicional tercera se establecen para 2012 unos porcentajes de cuota devengada que sustituyen a los del Anexo I para las siguientes actividades:
- Servicios de cría, guarda y engorde de aves: 0,053.
- Actividad de apicultura: 0,056.
El plazo de renuncias o revocaciones en el método de estimación objetiva
o régimen simplificado del IVA, será hasta el 31 de diciembre de 2011.
Entrada en vigor 01/01/2012.
Documento: Orden EHA/3257 Modulos 2012